Reducción del Gasto – Congelamiento de la planta municipal. Proyecto.

El proyecto propone suspender por el plazo de seis años las designaciones de personal de todas las jurisdicciones y organismos de la Administración Municipal centralizada y descentralizada, congelándose asimismo todas las vacantes existentes o que se produzcan en igual lapso.

La iniciativa promueve una disminución de la planta de empleados municipales a partir de las bajas de quienes vayan pasando al sistema jubilatorio, de manera que en los cuatro primeros años cada tres vacantes se podrán realizar dos nuevas designaciones.

Dicho proyecto contempla algunas excepciones de nombramientos para los casos de personal municipal vinculado a áreas de atención de la protección de la  Minoridad, profesionales de la salud, y aquellos que, por su especificidad técnica o riesgo operativo, deba ser destinado a cubrir servicios críticos.

El espíritu de esta propuesta tiene que ver con administrar lo público con austeridad, utilizando los recursos estrictamente necesarios para un funcionamiento eficiente.

Modernización Municipal – Trámites más fáciles. Proyecto.

Con el objetivo de facilitar la interacción entre las personas y el Estado Municipal, el proyecto de ordenanza propone establecer una estrategia de trámites en línea orientada hacia el ciudadano mediante servicios informáticos que doten de celeridad y simpleza al manejo de documentación personal.
La necesidad de avanzar en materia de digitalización de trámites y servicios informáticos que debe prestar el Estado Municipal, requieren crear una Plataforma de Gestión Documental y un Perfil Digital del Ciudadano para el resguardo de documentos que en la actualidad son tramitados en formato papel, dotándolos de idéntica validez.

Fiscalización Municipal – Control obligatorio en obras privadas. Proyecto.

De acuerdo a la importancia que requieren las inspecciones periódicas para evitar transgresiones al código urbano y al reglamento de edificación, la ordenanza propone modificar este último en la sección 2. de la Administración, sección 2.3. De la policía de obra,  el punto 2.3.2.

ATRIBUCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PARTICULARES, incorporando el siguiente texto: “El personal designado por la Dirección General de Obras Particulares deberá realizar inspecciones mensuales para verificar si la obra se realiza de acuerdo con los documentos convenidos en el expediente municipal y con las normas constructivas que sean una garantía de permanencia y seguridad. Asimismo la visita mensual del personal municipal al efecto del cumplimiento del presente, deberá plasmarse con un acta de verificación por duplicado en donde se especifiquen las transgresiones que pudieran haberse detectado, o en su defecto si no la hubiere, la leyenda: “No se
detectan a la fecha transgresiones al código urbano ni al reglamento de edificación”. El inspector municipal dejará una copia del acta en la obra y la otra deberá adjuntarse al expediente municipal que tramite las instancias administrativas del caso. La falta de estas inspecciones o la no comprobación de fallas por la Dirección General de Obras Particulares, no atenúa ni elimina las responsabilidades de los profesionales, constructores e instaladores.”