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Modernización Municipal – Trámites más fáciles. Proyecto.
Con el objetivo de facilitar la interacción entre las personas y el Estado Municipal, el proyecto de ordenanza propone establecer una estrategia de trámites en línea orientada hacia el ciudadano mediante servicios informáticos que doten de celeridad y simpleza al manejo de documentación personal.
La necesidad de avanzar en materia de digitalización de trámites y servicios informáticos que debe prestar el Estado Municipal, requieren crear una Plataforma de Gestión Documental y un Perfil Digital del Ciudadano para el resguardo de documentos que en la actualidad son tramitados en formato papel, dotándolos de idéntica validez.
Proyecto Aprobado. Todos los edificios podrán construir un salón de usos múltiples.
La Ordenanza, aprobada en el Concejo Municipal permite construir, en todos los edificios existentes, en ejecución y futuros, espacios de “Usos Múltiples” en las azoteas, sin que computen altura para el Área Central y 1er. Anillo. La iniciativa modificó la Ordenanza Nro. 9987/2019, que solo autorizaba a dicho beneficio a los edificios por construir.
Fiscalización Municipal – Control obligatorio en obras privadas. Proyecto.
De acuerdo a la importancia que requieren las inspecciones periódicas para evitar transgresiones al código urbano y al reglamento de edificación, la ordenanza propone modificar este último en la sección 2. de la Administración, sección 2.3. De la policía de obra, el punto 2.3.2.
ATRIBUCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PARTICULARES, incorporando el siguiente texto: “El personal designado por la Dirección General de Obras Particulares deberá realizar inspecciones mensuales para verificar si la obra se realiza de acuerdo con los documentos convenidos en el expediente municipal y con las normas constructivas que sean una garantía de permanencia y seguridad. Asimismo la visita mensual del personal municipal al efecto del cumplimiento del presente, deberá plasmarse con un acta de verificación por duplicado en donde se especifiquen las transgresiones que pudieran haberse detectado, o en su defecto si no la hubiere, la leyenda: “No se
detectan a la fecha transgresiones al código urbano ni al reglamento de edificación”. El inspector municipal dejará una copia del acta en la obra y la otra deberá adjuntarse al expediente municipal que tramite las instancias administrativas del caso. La falta de estas inspecciones o la no comprobación de fallas por la Dirección General de Obras Particulares, no atenúa ni elimina las responsabilidades de los profesionales, constructores e instaladores.”